Servicio de recobro

Las empresas, en numerosas ocasiones, deben conceder créditos a los compradores de sus productos o servicios, como forma comercial establecida por la práctica habitual del sector en el que operan.

Estos créditos pueden estar documentados, en un albarán de entrega, en un contrato de suministro, con un pedido del comprador, con documentos de cobro como letras, cheques o pagarés, incluso sólo en la experiencia previa y en la buena fe.

En la actualidad, son muchas las ocasiones en las que llegada la fecha de vencimiento el deudor no puede o no quiere cumplir con su obligación de pago. Las causas invocadas pueden ser, desde la imposibilidad material de realizar el pago debido a las que intentan cargar al proveedor con la responsabilidad: entregas fuera de plazo, producto defectuoso u otras que los empresarios conocen muy bien.

Este despacho dispone de abogados especializados en Derecho Mercantil, destacando de ellos la persistencia y consecución para cobrar lo que legítimamente corresponde a nuestros clientes, con amplia experiencia en negociaciones con deudores.

Las deudas son estudiadas en base a la documentación que el acreedor pueda aportar, la antigüedad de la misma, su importe y el conocimiento que se tenga del patrimonio del deudor, dependiendo de las circunstancias el procedimiento de recobro incluye:

• Burofax al deudor
• Contacto y seguimiento telefónico
• Negociación personal
• Documento de reconocimiento de deuda
• Estudio de posibles deudores solidarios o subsidiarios
• Interposición demanda procedimiento monitorio
• Interposición demanda procedimiento ordinario
• Demanda de ejecución
• Interposición demanda juicio cambiario
• En todos los casos, contestación a la posible oposición del deudor.
• Estudio del posible patrimonio del deudor o del alzamiento de sus bienes para eludir el pago de la deuda.
• Embargo de bienes y derechos del deudor
• Anotaciones preventivas en el embargo de bienes inmuebles
• Realización de los bienes embargados

Los convenios sobre pagos parciales o de reducciones sobre el principal son siempre autorizadas previamente por nuestros clientes.

La experiencia nos indica que, a mayor antigüedad de la deuda más difícil es su cobro, por ello, en caso que su empresa tenga casos de morosidad, es recomendable que actúe a la mayor brevedad.

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