Modificaciones

El Convenio Regulador fue aprobado judicialmente teniendo en cuenta las circunstancias personales y económicas de ambos progenitores, y las necesidades de los hijos, que concurrían en ese momento.

De alterarse esas circunstancias de forma sustancial, el cónyuge que se crea perjudicado, o ambos cónyuges si lo estiman conveniente, pueden solicitar al Juzgado la modificación de lo acordado, ya sea total o parcialmente.

El demandante tiene la obligación de probar que, las circunstancias tenidas en cuenta por el Juzgador en el momento de aprobar el Convenio, se han modificado de forma “sustancial”, que no es un cambio temporal y que no obedece a la voluntad del solicitante.

Este procedimiento exige un estudio exhaustivo de las circunstancias que concurrían al aprobarse el Convenio que se pretende modificar y las circunstancias actuales que fundamentan la petición.

Los expertos en Derecho Matrimonial de este despacho, estudiarán en profundidad su caso, proponiendo los medios de prueba adecuados, para que la modificación solicitada pueda se estimada.

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